El Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) ha decretado como no cumplida la sentencia dictada el pasado 9 de mayo en contra del alcalde de Valladolid, Alfredo Fernández Arceo, y el secretario municipal, Manuel Jesús Loría Santoyo, en relación al Juicio de Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano (JDC), expediente 004/2023, promovido por dos regidores de esa localidad. Hasta la fecha, los regidores no han recibido la documentación completa de la Cuenta Pública correspondiente al mes de diciembre de 2022.
Esta resolución fue determinada por el Pleno del TEEY en una sesión privada de Incidente de Cumplimiento de Sentencia llevada a cabo el jueves 15 de junio. Además, se impuso una Amonestación Pública a los funcionarios municipales mencionados debido a su falta de cumplimiento en informar sobre el acatamiento de la sentencia.
Como recordarán, el pasado 9 de mayo, el TEEY encontró fundado el agravio promovido por dos regidores del Ayuntamiento de Valladolid en el JDC 004/2023 en contra del alcalde y el secretario municipal, y les ordenó entregar la documentación completa de la Cuenta Pública de diciembre de 2022. Hasta ahora, solo se les había proporcionado un estado de resultados en la sesión de Cabildo del 14 de febrero de este año.
En respuesta a esta situación, el presidente municipal y el secretario municipal presentaron un oficio el pasado 24 de mayo a la Oficialía de Partes del TEEY, informando sobre una nueva sesión de Cabildo celebrada el día 22 de ese mismo mes. En el oficio, solicitaron que se considerara que habían cumplido con la sentencia.
Sin embargo, tanto en las constancias del juicio principal como en las del Incidente de Cumplimiento de Sentencia, no se encontró evidencia suficiente que demostrara que los funcionarios de Valladolid habían cumplido plenamente con lo ordenado en la sentencia definitiva. Esta sentencia requería que se proporcionara a los regidores información contable, presupuestaria, programática y complementaria de la Cuenta Pública de diciembre de 2022.
Debido a lo expuesto, el TEEY determinó que la sentencia no había sido cumplida y exhortó a las autoridades responsables a que, dentro de un plazo de tres días hábiles, realicen las acciones necesarias para entregar a los regidores la documentación requerida para conocer los fundamentos de la Cuenta Pública de diciembre de 2022, aprobada en la sesión de Cabildo del 14 de febrero.
En caso de que persista el incumplimiento de la sentencia, se impondrá una multa de acuerdo con lo establecido en el artículo 42, fracción III de la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral del Estado de Yucatán, equivalente a 100 Unidades de Medida y Actualización. Además, se informará al Congreso del Estado para que, en ejercicio de sus atribuciones, sancione a los servidores públicos en caso de posible responsabilidad, y a la Fiscalía General del Estado para que, de acuerdo con el artículo 87 de la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral del Estado de Yucatán, determine las acciones legales correspondientes ante el incumplimiento de los deberes inherentes a sus cargos.
En otros asuntos abordados durante la sesión privada, el Pleno del TEEY determinó que el alcalde de Tixkokob se encuentra en proceso de cumplimiento de la sentencia dictada en su contra, ya que ha acreditado el primer pago de las remuneraciones de las regidoras y el regidor que promovieron el JDC 050/2022.
Además, se decidió sobreseer el JCD 005/2003, promovido por el comisario de Holcá contra el presidente municipal y el síndico del Ayuntamiento de Kantunil, en relación a la falta de pago de sus remuneraciones. El sobreseimiento se debió al acuerdo alcanzado entre las partes, quienes decidieron desistir del juicio.
ACOM