Mérida, Yucatán, 11 de agosto de 2022 (ACOM). -La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló las facultades de los gobiernos estatales para regular el servicio de mototaxis, materia donde los municipios solo tienen atribuciones para ser consultados, pero no para tomar decisiones.

 El pleno de ministros resolvió tres controversias constitucionales promovidas por los municipios de Cuauhtémoc, Comala y Villa de Álvarez en contra de un acuerdo del gobierno de Colima para realizar operativos de seguridad y asegurar mototaxis, en cualquier vialidad de jurisdicción estatal.

El ministro Javier Laynez, ponente del primero de estos asuntos, explicó que en el 2020 se modificó la Constitución para incluir el derecho a la movilidad y que al año siguiente se emitió la ley general en la materia, la cual distribuyó competencias entre autoridades estatales y municipios, dejando en las primeras la facultad de expedir licencias y autorizaciones para vehículos de transporte de pasajeros.

Por lo menos, se sabe que en Mérida circulan más de 8 mil unidades de este tipo y que operan en los alrededores de colonias populares de la ciudad, básicamente en las zonas donde se ubican supermercados.

En la zona metropolitana y en el interior del estado el mototaxi es el vehículo de traslado por excelencia, el más accesible para los bolsillos de los usuarios, más del 90 por ciento de ellos son diseñadas por sus propietarios, algunos hasta luces tienen como arbolitos de navidad, como sucede en Kanasín.

 También es el vehículo más demandado en el sur de la entidad: Ticul, Tekax, Muna, Opichén, entre otros. La responsabilidad de la elaboración del reglamento recae en el Instituto de Movilidad y Desarrollo Urbano (IMDUT).